Guía de Sistemas de Autocontrol de Establecimientos e Instalaciones de Tatuaje, Micropigmentación y Piercing en Andalucía. De la Consejería de Salud y Familias de la Junta de Andalucía – 2022
Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Salud Pública y Ordenación Farmacéutica, por la que se aprueba la Guía Oficial para la elaboración de los sistemas de autocontrol higiénico-sanitarios de tatuaje, micropigmentación y piercing en Andalucía.
Decreto 160/2002, de 30 de abril, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las normas sanitarias aplicables a los establecimientos de tatuaje o piercing.
CARACTERÍSTICAS DIFERENCIADORAS: La autorización la expide el Ayuntamiento, y la inspección corre a cargo del Departamento de Salud, Consumo y Servicios Sociales.
Decreto 141/2010, de 27 de octubre, aprueba el Reglamento donde se establecen los requisitos higiénico-sanitarios de las actividades de tatuaje, micropigmentación, perforación u otras técnicas de decoración corporal.
CARACTERÍSTICAS DIFERENCIADORAS: Que la formación adquirida en otras comunidades Autónomas será reconocida en Asturias y que los pigmentos para Micropigmentación deben poseer un número de registro autorizado.