La Unión Europea ha desarrollado una legislación específica para el ejercicio de la Micropigmentación, siguiendo las directrices marcadas por la novedosa Resolución y su posterior ampliación.
Bruselas - SEC (2005) 957, 8.7.2005
Documento de trabajo de los servicios de la comisión hacia un marco europeo de cualificaciones para el aprendizaje permanente. Centrándose en la garantía de calidad , la validación , la orientación y las competencias clave.
Sobre fabricación, envasado e importación de productos del tatuaje, el establecimiento de un sistema de vigilancia nacional y modificación del código de salud pública.
Sobre los requisitos y criterios de seguridad de tatuajes y maquillaje permanente (sustituye a la Resolución Res AP (2003) 2 sobre tatuajes y maquillaje permanente).
Relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros en materia de PRODUCTOS COSMÉTICOS. Se entiende por producto cosmético toda sustancia destinada a ser puesta en contacto con el cuerpo humano.
Relativa a los productos sanitarios. Considerando que los productos sanitarios deben ir provistos, como
norma general, del marchamo CE que materializa su conformidad con las disposiciones de la presente Directiva.